UNIDAD DE LAS DOS AGRUPACIONES NACIONALES: LAS CLAVES PARA ENTENDER LOS CASOS FORUM Y AFINSA

   

La Federación de Clientes de Fórum y Afinsa y A.N.V.I.F.A (Agrupación Nacional de Víctimas de la Intervención de Fórum y Afinsa), las dos agrupaciones donde se incluyen, aproximadamente,  el 80 % de las asociaciones que, después de 12 años, se encuentran en activo a nivel nacional y  que, en conjunto, representan a la mayoría de los afectados de las dos empresas convocan, de forma conjunta, dos manifestaciones:

Miércoles 9 de Mayo,  HOY  Hoy Hoy Hoy Hoy Hoy
            Recorrido:     Plaza Alonso Martínez- Sede del PP  en calle Génova
            Hora 18:30 a 19:30
Sábado 12 de Mayo,
            Recorrido: Puerta de Alcalá-Puerta del Sol
            Hora 12:00 a 14:00
 
Las claves para entender los Casos Fórum y Afinsa
 
En el 12º aniversario de la intervención de Fórum Filatélico  SA y Afinsa Bienes Tangibles SA

 

Estas empresas nacen en 1979 y 1980 respectivamente. Durante toda su trayectoria se dedican a la compra-venta, e intermediación de filatelia (sellos).

Durante toda su trayectoria y hasta el  9 de mayo de 2006, día en que fueron intervenidas, siempre fueron consideradas por todas las instituciones como empresas NO financieras.

Así, la CNMV y el BdE, reusaron controlarlas al NO ser financieras, La dirección General de Seguros  y el Colegio de Abogados del Estado lo ratifican.

El Ministerio de Consumo editó trípticos en que hacía especial énfasis en que se trataba de entidades NO financieras hasta agosto de 2006 (dos meses después de haber sido intervenidas como financieras).

De la misma manera la Agencia Tributaria les exigía una contabilidad bajo los criterios de NO financiera y eran revisados y admitidos por el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditorias de Cuentas), máximo órgano de control en materia contable.

Durante todos esos años los Auditores externos, Carrera Auditores de Fórum y   Gestynsa de Afinsa revisan la contabilidad y dan su aprobación.

Según D&B Informa, empresa perteneciente a CESCE participada en más del 50% por capital del Estado, las cataloga durante años como de “ máxima Solvencia y mínimo Riesgo"


Borrel y Elena Salgado 1992
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en el año 2001  publicó en el Boletín Económico del I.C.E. nº 2713, un artículo titulado  “Filatelia: Coleccionismo, comercio e inversión” en el que se dice de forma textual: “los sellos constituyen a medio y largo plazo el mejor valor-refugio para invertir” y hablan expresamente del “Grupo Afinsa y Fórum Filatélico como empresas que suponen, además de una garantía en rentabilidad, una seguridad contra el fraude”.


En 2003, el legislador, como máximo exponente de la voluntad popular de todos los españoles, promulga la ley 35/2003, que regula las Instituciones de Inversión Colectiva -IIC-, del sector financiero, en la que deja fuera,  de forma expresa, al  sector a las Inversiones de Bienes Tangibles

Así en la Disposición Adicional Cuarta de la ley 35/2003, deja claro que las empresas son de carácter NO financiero, y que deben evitar en su publicidad cualquier utilización de términos que puedan inducir a error y ser confundidas por la clientela como entidades financieras.

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Marzo de 2005 Presidente de Fórum junto al Ministro de Justicia
en la entrega de premio "Master de Oro" por la excelencia empresarial
El éxito empresarial de estas empresas durante 27 años de existencia fue tal, que en marzo de 2005, el MINISTRO DE JUSTICIA del gobierno socialista Sr. López Aguilar, le hizo entrega del Premio "Master de Oro" a la Excelencia Empresarial a Francisco Briones, presidente de Fórum Filatélico SA.

Pero solo un mes después, era también el Gobierno Socialista, el que instaba a la Agencia Tributaria a denunciar a las empresas ante la Fiscalía.

          De tal manera que en Julio de 2005, una inspectora de Hacienda, la Sra. Teresa Yábar, ya tenía presentada denuncia en la fiscalía. Su informe concluía que las empresas estaban en situación de insolvencia, para ello partió de una premisa clave: sus operaciones no eran compraventas, sino PRESTAMOS, y por tanto eran entidades FINANCIERAS, en contra del criterio seguido por todas las instituciones durante estos 27 años, incluso la propia AEAT y de la mismísima Ley 35/2003.

La denuncia es admitida a trámite, pese a que la insolvencia se debía solo a este cambio de criterio y era contrario a la legislación.

Se presenta la querella ante la Audiencia Nacional y el 9 de mayo de 2006, una vez que las cámaras de Tele 5 están previamente instaladas, los GEOS pertrechados con chalecos antibalas, metralletas y perros policías entran en las oficinas centrales de Madrid de las dos empresas, a apenas a unos metros de la sede de la propia Audiencia Nacional.

            Una puesta en escena hiperdimensionada, más propia de la detención de una banda de Narcotraficantes que de una clausura de un edificio de oficinas.

El argumento de la intervención: los clientes acudían a las empresas, Fórum y a Afinsa, a concederles PRESTAMOS a un interés determinado y NO a adquirir filatelia con un precio de recompra fijado en el contrato, como dice la LEY. Esto las convierte en entidades financieras.

           Debido a las medidas cautelares aplicadas, el 9 de mayo de 2006, por la Audiencia Nacional, las empresas entran en concurso, quiebran.

Pero en 2010 la sentencia de la Sala de lo Contencioso de la propia Audiencia Nacional ratifica que las empresas NO son financieras, y nunca lo han sido, puesto que la ley que las “regula suficientemente” es clara, y sus operaciones NO son préstamos sino  compraventas y sus contratos legales. Esta sentencia es ratificada por otra del Tribunal Supremo. De esta manera les permite evitar la responsabilidad de Estado y que sea este el que tenga que indemnizar a las víctimas por no haber controlado estas empresas con la CNMV y BdE.

En 2016 los fiscales que presentaron las Querellas, bajo la suposición de  que se trataba de empresas FINANCIERAS,  son los que actúan en el Juicio que se ha seguido en las salas de lo Penal y pese a la sentencia anterior, vuelven otra vez a insistir que se trataba de empresas de tipo financiero y sus operaciones PRÉSTAMOS.

En 2017 los Jueces del TS sala de lo Penal, admiten que realmente funcionaban como préstamos y que por tanto la contabilidad estaba mal, había insolvencia y se trataba de una Estafa financiera piramidal.

Esto les permite evitar la responsabilidad  del Estado por un error en la administración de justicia. Es decir, evitan que se pueda decir, que la intervención, que llevó a la quiebra de las empresas, fuera debida a una mala interpretación de la legislación, o una prevaricación. Al mantener que eran Préstamos cuando se sabía que era imposible, pues se trataba de operaciones con pacto de retrocesión opcional, por lo que NUNCA, o sea, NUNCA, se pueden contabilizar como PRÉSTAMOS (RIS art. 83) y ellos lo sabían, lo que se ve claramente en las Querellas.
(Para muchos habrá quedado claro, pero para algunos abogados aun no, por lo que repetimos NUNCA se podrían haber contabilizado como PRESTAMOS, es decir NUNCA, o sea NUNCA, NUN-CA, NUN-CA NUN-CA  NUN-CA)

Es importante hacer notar que esta sentencia sirve para salvar la reputación de los fiscales y jueces de la Audiencia que llevaron a la ruina a 466.000 familias, pero que a su vez sirve para condenar a estas familias a perder sus ahorros como condena por haber confiado en las instituciones.

La situación actual, después de 12 años sin sus ahorros, es que las víctimas de la intervención se enfrentan a dos sentencias totalmente opuestas-contradictorias dictadas por las más altas instancias de la Justicia:

1.-Sentencias de 2010, sala de lo Contencioso: El Estado no es responsable porque no son financieras.

Pero, si las han intervenido con la excusa de que eran Préstamos y por tanto financieras, y según esta sentencia no los son ¿habrá entonces responsabilidad por un error en la administración de Justicia al intervenirlas ?

2.-Sentencias de 2017 sala de lo Penal: El Estado no es responsable porque realmente eran préstamos (financieras), y los contratos ficticios (nulos) e hicieron bien en intervenir, no hay tal error.

             Como vemos, pasan de ser financieras a No financieras a conveniencia.

Estas familias, que se han quedado sin sus ahorros, se enfrentan,  además, a tener que pagar impuestos para rescatar los ahorros que el resto de los españoles tenían en todas las entidades financieras quebradas, a inversiones fallidas en acciones de Bankia, en Preferente y subordinadas…

Quizás cuando haya leído esto sea capaz de entender la sensación de soledad e indefensión que sienten 466.000 personas, muchas de ellas ancianos ya, que, confiando en las instituciones del Estado, metieron sus ahorros en estas empresas, para garantizarse una pensión digna ante los temores del colapso del sistema de pensiones, personas que llevaban cobrando un pequeño complemento durante años, era de lo que vivían y de la noche a la mañana se quedan sin nada, sin sus ingresos y sin sus ahorros y sin una explicación clara por parte de los jueces ni del legislador, que tras haber sido intervenidas como financieras promulga una nueva ley que las sigue regulando como NO financieras (Ley 43/2007).

Tras  12 años de contradicciones judiciales es preciso una acción política que dé solución a los problemas generados por las instituciones del Estado. No puede ser que nuestro gobierno no se sea capaz de dar solución a los problemas de España sin tener que pasar por los tribunales europeos, solución que, sin lugar a dudas, terminaría siendo mucho más gravosa para las arcas públicas.

 

ANVIFA (Agrupación Nacional de Victimas de la Intervención de Fórum y Afinsa)


Comentarios

  1. ACABO DE MANDAR ESTE FENOMENAL ARTÍCULO A TRAVÉS DE "HAZTEOIR" A 120 MEDIOS DE DIFUSIÓN. A VER CUÁNTOS ME CONTESTAN Y TIENEN LA PROFESIONALIDAD DE DARLO A PUBLICAR E INVESTIGAR EN LA VERDAD DE LO SUCEDIDO. HASTA AHORA, NO HE RECIBIDO NINGUNA CONTESTACIÓN. ESPERAREMOS A VER................

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  2. J.R.-Como siempre D. Rafael lo has Clavado y Resumido perfectamente en este análisis hecho de las Empresas Mercantiles de Fórum-Afinsa, desde su fundación (1977-1980) hasta nuestros días del recorrido y peregrinaje que llevamos sufriendo los Afectados-Perjudicados de Fórum-Afinsa por la brutal Intervención ordenada y ejecutada tal día como hoy el (09.05.2006) fecha fatídica que llevaremos grabada a fuego en nuestras mentes toda la vida y hoy se cumplen (doce-12 años).y esto es mucho tiempo. No quiero ser repetitivo porque lo has desmenuzado y diseccionado perfectamente, claro y conciso.
    Ya a los 3 años y medio de la Intervención ,tanto AFINSA como FÓRUM entraron en fase de Liquidación según notificó el Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid el 16 de Noviembre .Una fase de liquidación en la que se encontraba también Fórum desde julio del 2008,y por aquél entonces estaba pendiente la decisión Judicial sobre la Responsabilidad Patrimonial del Estado, vía defendida desde el principio por AUSBANC, como la mejor SOLUCIÓN para los 466.000 Afectados por la Clausura.(Hoy ya no existe, y se cerró por orden de su Señoría Pedraz, como todos sabemos). Por aquél entonces debido a este "circo-o teatrillo" ó como se le quiera llamar se RECLAMABA la devolución del 100 % del importe de la inversión +un 25% de indemnización en concepto de daños morales. También defendió que la clausura ocasionó más perjuicios de los que habría causado la intervención y consideraba Responsable Patrimonial Al Estado y fue la primera demanda por Responsabilidad en julio del 2007, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
    La decisión de Reclamar la Responsabilidad Patrimonial Del Estado antes de que Los Tribunales decretasen la liquidación de las filatélicas respondía su deseo de adelantarse a los acontecimientos y no prolongar el Procedimiento Judicial. De ésta manera se ganaban casi tres años en el proceso. en vez de esperar a que se liquidasen y malvendiesen los activos de las dos compañías de FÓRUM-AFINSA,(TODO ELLO PARA PODER HABER ADELANTADO TIEMPO Y HABER COMENZADO A DILUCIDAR SI EXISTE RESPONSABILIDAD O NO) los disgustos que nos habríamos evitado.
    POR OTRO LADO YA EXISTEN SENTENCIAS QUE RECONOCEN LAS RESPONSABILIDADES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,ANTES DE QUE SE HAYA PRODUCIDO EL DAÑO,COMO LA DICTADAEN NOVIEMBRE DEL 2006 POR EL TRIBUNAL SUPREMO QUE CONDENABA AL GOBIERNO DE CANTABRIAY AL AYUNTAMIENTO DE AMPUERO A PAGAR LAS INDEMNIZACIONES POR DAÑOS MORALES A LOS VECINOS DE UNA URBANIZACIÓN SOBRE LA QUE PESABA UNA ORDEN DE DERRIBO.SEGÚN DICHA SENTENCIA,LOS PROPIETARIOS SOLO PODRÁN RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN POR LA PÉRDIDA DE SUS VIVIENDAS CUANDO ESTA SE HAGA EFECTIVA,ES DECIR CUANDO SE PROCEDA A LA DEMOLICIÓN DE LAS MISMAS.(COMO SE PUEDE APRECIAR EXISTE UN GRAN PARALELISMO COMO EN NUESTRO CASO).
    (Continua.../)

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  3. J.R.-(Sigue.../)
    EN EL CASO DE LAS FILATÉLICAS,PUEDE ENTENDERSE,CON UNA INTERPRETACIÓN ESTRICTA,QUE EL DAÑO YA SE INFLINGIÓ A LOS INVERSORES EL (09 DE MAYO DEL 2006).PERO LO QUE QUEDA MUY CLARO ES QUE EL DAÑO CIERTO YA SE HA PRODUCIDO,UNA VEZ QUE LOS TRIBUNALES HAN DECRETADO LA LIQUIDACIÓN DE AFINSA Y FÓRUM-FILATÉLICO Y ES CUANTIFICABLE EL PERJUICIO SUFRIDO POR LOS CLIENTES.LO CIERTO ES, QUE COMO SE HA EXPUESTO EL ESTADO ES RESPONSABLE,POR LEY,POR SENTIDO COMÚN Y PORQUE COMPRAR Y VENDER SELLOS CON PACTO DE RECOMPRA NO ES,NI HA SIDO NUNCA,UN DELITO EN ESPAÑA.SE HA EXPROPIADO UN NEGOCIO LEGAL QUE HA FUNCIONADO DURANTE 27 AÑOS,Y QUE SE HA LLEVADO A PLENA LUZ DEL DÍA,POR PARTE DE DOS COMPAÑÍAS QUE HAN PATROCINADO DEPORTE COMO LA VELA O EL BALONCESTO.LA CLAUSURA SE HA LLEVADO POR DELANTE EL SECTOR,EL FILATÉLICO,Y DE SU DESESPERACIÓN SE HA BENEFICIADO LA BANCA,Y QUE YA DE ESTA MANERA YA NO TIENE COMPETENCIA PARA CAPTAR AHORRO.
    POR ÚLTMO DECIR PODRÍAMOS DECIR QUE PENA NO HABER SEGUIDO ESTE GUIÓN,PERO ESTO YA ES TIEMPO PASADO Y ES HISTORIA,HAY QUE PENSAR ¿Y EL FUTURO QUE ES?:PUES UN MISTERIO,POR LO TANTO EN ESTE MOMENTO PRESENTE TOD@S A UNA COMO EN FUENTEOVEJUNA LUCHEMOS POR LA CARTERA QUE UN GOBIERNO DEL (PSOE)de j. l r. ZAPATERO Y SUS SECUACES NOS ROBARON EL (09,05.2006)EN MADRID Y EN CONNIVENCIA CON LA BANCA+ EL SILENCIO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SALVO HONROSAS EXCEPCIONES Y + LA COLABORACIÓN DE LAS ASOCIACIONES OFICIALISTAS,AHORA PARECE QUE ADICAE DESEA REIVINDICAR LOS MISMO QUE LLEVAMOS PIDIENDO NOSOTROS DESDE EL MINUTO UNO,PUES BIENVENIDOS AL CLUB,PERO SR. PARDITOS “SIN JUEGOS MALABARES Y FLORALES”,PORQUE AHORA ¿QUÉ PASA? ¿YA NO TENEMOS EL SINDROME DE ESTOCOLMO? ¿ YA NO QUEREMOS DUROS A CUATRO PESETAS? ¿YA NO SOMOS LISTILLOS?, Y AHORA SÍ. EL GOBIERNO TIENE QUE DEVOLVER LO QUE NOS ROBARON E INDEMNIZACIONES CORRESPONDIENTES, ¿A QUE SE DEBE ESTE CAMBIO? ¿ES QUE SE ACERCAN LAS ELECCIONES Y PORSIA?,Y ¿LAS OTRAS DIEZ ASOCIACIONES OFICIALISTAS COMO OCU-FACUA ASGECO ETC Y ASÍ HASTA ONCE AHORA SÍ? ¿PERO EN ESTOS DOCE-12 AÑOS NO? ¿EXPLÍQUENOS A QUE SE DEBE ESTE CAMBIO DE ACTITUD? ¿SE ACERCAN LOS AGUINALDOS DEL( B.O.E)? .EN FÍN SI ES PARA SUMAR BIENVENIDOS AL CLUB, PERO SIN JUGARRETAS,QUEDA CLARO SR. PARDITOS DE ADICAE Y OTROS, PORQUE VAMOS TODOS EN EL MISMO BARCO,¿ESO ESTÁ CLARO? BUENO, SIENDO ASÍ ADELANTE Y

    "COMO SE PUEDE COMPROBAR CADA VEZ ESTÁ MÁS CLARO ES ESTADO ES RESPONSABLE"

    Y FUERTE ABRAZO Y EMPUJE PARA TOD@S AFECTADOS DE FÓRUM-AFINSA Y HASTA LA VICTORIA FINAL,Y UN GRAN RECUERDO PARA LOS AUSENTES TENEMOS QUE RECUPERAR TODO Y NUESTRO HONOR Y DIGNIDAD Y LA DE ELLOS.SIEMPRE CON VOSOTROS.CON LAS VÍCTIMAS.NOS VEMOS EL (09-12/05-2018)EN MADRID. SALUDOS. Javier.

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  4. ... "En 2010, la sentencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, ratifica que las empresas NO son financieras ... Esta sentencia es ratificada por otra del Tribunal Supremo ... En 2016 los fiscales que actúan en el Juicio en las salas de lo Penal y en 2017, los Jueces del Tribunal Supremo de la sala de lo Penal ... PESE A LA SENTENCIA ANTERIOR ... vuelven a insistir y admiten que se trataba de empresas de tipo financiero y sus operaciones funcionaban como préstamos ...

    Cuando el Tribunal Supremo, dicta una Sentencia sobre un caso en un momento inicial, sienta "Jurisprudencia", es decir, establece una "Doctrina Legal" para todos los pronunciamientos que puedan venir respecto a lo mismo, posteriormente.

    Cualquier dictamen que emita otro Tribunal o incluso una Sala distinta del mismo Tribunal Supremo, deberá someter su criterio al pronunciamiento anterior que quedó vigente. Este principio fundamental, está recogido y respaldado, constitucionalmente.

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  5. Pues que bien,eso es un consuelo,si no fuera,porque la constitución, se va de vacaciones, cuando le viene en gana,y a veces,ni regresa.

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