"El Ministerio Fiscal, que ha obviado importantes sentencias hasta del Tribunal Supremo" J. G. de Liaño





"El Ministerio Fiscal, que ha obviado importantes sentencias hasta del Tribunal Supremo, sentando acusaciones definitivas y firmes en este proceso como que la actividad de Afinsa era financiera y cuestionando los contratos celebrados con sus clientes" (Javier Gómez de Liaño)


Comentario ANVIFA

 ¿Es casualidad que también las haya olvidado Adicae o más bien que nunca las haya considerado?

Como lo prometido es deuda, hoy os trascribimos el resto de la crónica del día 6 de junio, que por su interés y extensión merecía una mención aparte, se trataba de los alegatos de la defensa, entre otros los de D. Javier Gómez de Liaño, en los que se desmontan todos las acusaciones con "evidentes" argumentos jurídicos, no con "titulares de prensa".

Resulta muy clarificador el leerlo y después leer la línea editorial de Adicae-Federación, con que se generan los titulares de la prensa mayoritaria, que es el único fundamento que tiene el Fiscal y la acusación particular para basar su acusación: "porque lo dice todo el mundo", "porque lo dice toda la prensa", "porque lo dicen los titulares durante 10 años". Evidentemente, los titulares los dais vosotros a vuestra prensa, toda la prensa (salvo honorables excepciones, a las que luego se persigue), que es lo mismo que dice el Fiscal y los instructores.

Nos preguntamos: ¿ le bastará al juez como argumento jurídico para justificar una sentencia condenatoria, para justificar que eran financieras "porque lo dicen los titulares" o buscará despistarnos con una sentencia larga de lenguaje enrevesado, para finalizar  concretando que 2 más 2 son cinco porque el Pisuerga pasa por Valladolid? o ¿nos sorprenderá con una sentencia JUSTA?

El ejemplo del Pisuerga no es broma, recuerden la argumentación del Fiscal Luzón en sus querellas, de la que parten estos 10 años de calvario,  en ellas la argumentación que posibilitó la intervención fue esta, cito no textualmente y de forma resumida, para no cansar: las operaciones son OPCIONALES, pues dependen de la voluntad del cliente..., pues como son operaciones NO OPCIONALES, se trata de auténticos préstamos, por lo que se trata de entidades financieras.

O son opcionales o son No opcionales, pero las dos cosas y a la vez, no se sostiene. Pues con eso destrozó la vida de 500.000 familias. Cuesta creerlo. A no ser que todo haya sido un engaño, como todo parece apuntar.

 
Pues bien, frente al alegato de la defensa pueden ver lo que sigue diciendo Adicae, acusación particular,  en el siguiente enlace( FUENTE:  Adicae: "la economía de los consumidores"), ¿serán más titulares para que los jueces tengan "argumentación mediática" dado que no la tienen jurídica?

   Claro, ... como Adicae dice representarnos a los afectados, y si los jueces ven que los afectados ya están convencidos, igual ... quien sabe ... con eso le baste.

¿por qué hace esto Adicae si reconoce que como pierdan los acusados, no van a ver un euro sus propios asociados?  sin embargo parece que desean que sea así.
Sepan señores jueces que hay victimas no aborregadas, que conocen la verdad. No todos somos Adicae.





Por Eduardo Berbis presidente de la Agrupación Nacional de las asociaciones de Víctimas de la Intervención de Fórum y Afinsa (ANVIFA).


Lunes 6 de junio :    Jornada 47 continuación_____________________________







Tal es afán de criminalizar todo, que ha exhibido el Ministerio Fiscal, que ha obviado importantes sentencias hasta del Tribunal Supremo, sentando acusaciones definitivas y firmes en este proceso como que la actividad de Afinsa era financiera y cuestionando los contratos celebrados con sus clientes. A estas alturas y después de tantos años, nos seguimos haciendo la misma pregunta que a los pocos meses de la intervención: ¿Cuál fue el motivo de la Intervención? 

Buenas tardes/noches. Con el párrafo anterior terminábamos la primera parte de la sesión 47, correspondiente al día 6 de junio pasado. Por cierto, en los últimos correos hemos mencionado que habían sido 50 sesiones y estábamos en un error, han sido 49, pero se ve que esa de costumbre de redondear nos ha traicionado.

Seguimos con el relato de los hechos y estaba en el uso de la palabra el Letrado D. Javier Gómez de Liaño con esa pregunta sobre: cuál fue el motivo que impulsó este proceso penal? para respondernos hay que tener en cuenta el singular papel que ha tenido la AEAT por medio de algunos funcionarios con actuaciones tan llamativas como carentes de neutralidad, nombrando a Sra. Rojo y al Sr. Limón con una actitud dogmática y carente de imparcialidad. 

 La gratuidad de algunas acusaciones del Ministerio Fiscal, sigue diciendo el Sr. Gómez de Liaño, basadas en suposiciones extravagantes y que ha ido construyendo a golpe de las nuevas oportunidades de acusación que iban surgiendo a capa y espada, tratando a los empresarios como una banda de desaprensivos que se han rodeado de expertos tributarios, fiscales y contables de fachada y que se han aprovechado de ingenuos o codiciosos clientes. 

Nos hemos cansado de ver como, un día sí y otro también, todo lo relacionado con la empresa Afinsa es un crimen, una ristra continua de delitos, llegando al paroxismo de comparar a la filatelia con colecciones de chapas o cromos de futbolistas. Lo que significa el desconocimiento de una realidad cuando en una subasta realizada en días pasados, se ha vendido un sello, de 24 céntimos de dólar, en un millón de dólares, por tener el avión impreso al revés.

 Hablando de botón de muestra tenemos que referirnos a la actuación y sombra permanente de Dª María Teresa Yabar, primero en fase de Instrucción, luego en sus distintas comparecencias y finalmente en este plenario. A nuestro juicio la gran protagonista. Y después a los funcionarios de la AEAT Sra. Rojo y Sr. Limón, que durante siete años, ayudados por todo un aparato de medios y de colaboradores para realizar su trabajo, comparecieron varios días en esta sala sabiendo de todo, entendiendo de todo, incluso más que nadie, creando unas dudas razonables sobre su papel en la pericia. 

 Un Perito es un técnico en una determinada materia que presta un servicio de auxilio al Tribunal encargado del enjuiciamiento, mediante la puesta en conocimiento de un saber, experto, imparcial y ajeno. Un Perito no entra en conocimientos jurídicos, según reiterada jurisprudencia, tarea exclusiva del Juez que en terminología al uso es, Perito de Peritos. En el presente caso, los Peritos Judiciales fueron designados para elaborar una pericia que versaría en determinar la situación económica de Afinsa, las consecuencias jurídico-tributarias que según los hechos hubiera que determinar.  

Sin embargo, a pesar de tener claramente especificado el objeto de la pericia y tal y como hemos manifestado en sucesivas ocasiones a lo largo de este proceso, ambas personas se han extralimitado abandonando sus verdaderas funciones para actuar como jueces. Sus informes, que en algunos casos parecen copias de otros escritos, carecen de la rigurosa imparcialidad que debe presidir la actuación de un Perito, convirtiéndose en investigadores y llegando a solicitar al Juez Instructor que reconsidere un auto que dictó en contra de sus planteamientos, cosa que el Juez atendió y rectificó.

 Por todo ello, el informe dejó de ser una pericial imparcial para convertirse en un instrumento de investigaciones delictivas y por tanto sujeto a una valoración distinta de lo que es una prueba pericial. Sean ustedes, miembros de esta alto Tribunal, quienes consideren si el trabajo de estos peritos Judiciales, ha estado a la altura de lo expuesto según la doctrina y la jurisprudencia o por el contrario se han convertido en dos peritos sospechosos de actuar con interés de parte. Otro tanto se puede decir de los Administradores Concursales, en concreto de la Sra. Fdez. Daza, posiblemente contaminada por ser funcionaria de AEAT y que fue expulsada por su singular estatus profesional.  

El Ministerio Fiscal, en su segundo apartado durante las conclusiones definitivas, lo dedicó a lo que denominó "individualización de los acusados"  y aunque manifestó que no lo hacía de forma exahustiva no pareció que lo realizara en la forma más correcta. Finalizó con lo que llamó " su función jurídica de los hechos probados en el juicio penal". Pues bien, por razones de metodología, saldremos al paso de los argumentos esgrimidos en cada uno de esos apartados.

 Se ratifica el Ministerio Fiscal en sus afirmaciones de que Afinsa Bienes Tangibles desarrolló un negocio de captación de ahorro masivo mediante la oferta de unos beneficios sostenidos por un sistema piramidal. Y además, ese negocio estaba llamado al fracaso. Y que poco importaba que la naturaleza de la empresa fuese mercantil o que los contratos con los clientes fuesen financieros. Porque una cosa es lo que digan los papeles y otra muy distinta la realidad, terminaba de afirmar el Sr. Fiscal.

En resumidas cuentas, que el negocio de Afinsa estaba abocado al fracaso. Porque decía el Fiscal, una cosa es lo que se diga o escriba en los papeles y otra muy distinta la realidad. Y lo que opinen los otros Tribunales, incluido el Tribunal Supremo, tampoco tienen relevancia. La filatelia era irrelevante, estaba amañada o se camuflaba bajo catálogos manejados por Afinsa.

Estás han sido, mejor dicho, son las premisas en las que el Ministerio Fiscal basa su petición de penas de cárcel, pese a no tener pruebas consistentes, desestimando cuántas le han sido presentadas por ésta y otras defensas y numerosos testigos. Tanto él, como la Inspectora, como los Peritos Judiciales, siguen manteniendo que la actividad de Afinsa era una actividad defraudatoria, de naturaleza financiera y manteniendo un error clásico, tan capital, que es el origen de la fundamentación jurídica y en cuya tesis se ha empecinado el Ministerio Fiscal.
Pero el dislate no termina aquí. Recuérdese la intervención de los contaminados Peritos Judiciales que en su informe sostuvieron que la situación de Afinsa era de quiebra patrimonial, porque las ventas de sellos no eran tales ventas, sino que eran préstamos y éstos tenían que contabilizarse en el pasivo de tal forma que al no existir ingresos y tener esas cuantiosas deudas, la situación patrimonial era de ruina.
El Ministerio Fiscal en su informe del pasado 31 de mayo dijo, aparte de otras cosas, que más allá de las operaciones complejas, el negocio de Afinsa era la captación del ahorro público para luego, cinco minutos después afirmó y relato literalmente sus palabras, que si hubiera que reducir el caso a una sola pregunta esta sería: Cómo ganaba dinero Afinsa? Para, seguidamente, responderse a si mismo y decir: que Afinsa no ganaba dinero, que desde el principio perdía, que Afinsa era insolvente, que no existía negocio y que su esquema era el negocio piramidal.
Vayamos por partes. Por lo que se refiere a la duda, que por el tiempo transcurrido podríamos calificarla de duda existencial, sobre cómo ganaba dinero Afinsa. El punto de partida es que Afinsa ofrecía a sus potenciales clientes las ventajas de la filatelia de inversión, sistematizando operaciones de compra-venta en diferentes contratos, que permitían que cualquier persona pudiera invertir en filatelia sin ser un técnico en la materia y conociendo de forma clara las condiciones en que lo hacía.
A partir de aquí hay dos cosas claras, los clientes obtenían un beneficio económico y la Empresa obtenía el suyo. Para ello y dada la dimensión y capacidad de compra que tenía Afinsa, le permitía adquirir grandes lotes con un margen de beneficio bruto muy grande, que añadido a la revalorización a medio y largo plazo de esa filatelia, en el conjunto de todas sus operaciones le permitían asumir posibles revalorizaciones por debajo del mínimo comprometido y en otras obtenía un beneficio neto al intermediar entre terceros.
Para eso servía el cálculo de la provisión que ajustaba el beneficio real por cada ejercicio y antes esa posible eventualidad. Téngase presente que todas las operaciones que realizaba Afinsa en sus contratos eran por plazo superior a un año, lo que le permitía, partiendo del precio de adquisición y obteniendo los ingresos por el precio de venta a los clientes según catálogo, aplicar los márgenes de aprovisionamiento para cada vencimiento de contrato.
Continua el Sr. Gómez de Liaño explicando la metodología del negocio de Afinsa, sus razones económicas, contables, su transcurrir por esos casi 26 años de existencia, la prudencia empresarial con las dotaciones para provisiones y toda clase de aclaraciones bien argumentadas y enlazadas, de las que no hacemos más reseñas para no cansar al lector. Da cita a Sentencias y en algunos casos hasta lee párrafos de dichas sentencias con el fin de reafirmar mejor los argumentos que ya ha expuesto, así como la referencia que hace a la Inspección de Hacienda que Afinsa pasó sin que dicho Organismo pusiera en tela de juicio la imagen fiel de la contabilidad y de su actividad.
Comenta los artículos publicados por el Magistrado Sr. Navarro Sanchís en el periódico El Economista y al que renunció esta defensa como testigo por su condición en la Magistratura. Lee algún párrafo de esos artículos por su relevancia. Califica de subterfugio argumental del Ministerio Fiscal la comparación que ha realizado entre el negocio de Afinsa y el sistema Ponzi como negocio piramidal, en el que tan sólo se mueve dinero de los clientes que entran y se pagan intereses excesivos con el dinero de nuevos clientes. Afinsa compraba y vendía sellos y así lo ha realizado durante más de 25 años de existencia y creando un gran grupo empresarial.
Menciona los calificativos tan despectivos que el Ministerio Fiscal realizó en su informe sobre la filatelia de Afinsa, llamándola filatelia de desecho, que daba igual que Afinsa tuviera chapas o cromos de futbolistas. Mencionó que Afinsa vendía sellos fiscales de esos que se ponen en las botellas, lo que viene a demostrar la ignorancia que tiene el Ministerio Fiscal sobre la filatelia en general, sobre Afinsa en particular y sobre algunos sellos fiscales que tienen múltiples adeptos en el mundo, se han vendido colecciones de este tipo a precios multimillonarios y por supuesto existen catálogos específicos que recogen sus características. Y en cuanto a los catálogos, el Fiscal, aunque de mala gana, viene a reconocer que son la mejor referencia para establecer una orientación sobre el precio de los sellos.
Descalifica el Sr. Gómez de Liaño, con argumentos y razones más que fundadas, la valoración realizada por los Peritos de ANFIL sobre el universo de sellos que tenía Afinsa. Ni el procedimiento aleatorio buscando homogeneidad en euros, ni el número de estratos, ni la calidad de los comerciantes que efectuaron ese trabajo elevados a la categoría de Peritos y las propias declaraciones del Sr. Ayala en el juicio, ponen en tela de juicio y quedan fuera de toda credibilidad a los efectos de dar por bueno ese trabajo y en consecuencia la valoración resultante del mismo.
De los acusados también se pronunció el Sr. Fiscal, sigue el letrado, llegando a decir de D. Juan Antonio Cano que tenía un discurso ampuloso y grandilocuente, cosa que no se tiene por qué interpretar en sentido peyorativo con independencia de que nada tiene que ver como delito en el derecho penal que nos ocupa. También rectifica al Ministerio Público sobre el dinero “B”, cosa que no existía en Afinsa, lo que sí que había es una caja con dinero metálico para los gastos corrientes diarios de pequeñas compras, gastos de locomoción y diversos, como existen en todas las empresas y que tenía su reflejo en la contabilidad.
Menciona las casi cincuenta Comisiones Rogatorias enviadas a distintos países y todas ellas con el mismo objetivo, encontrar cuentas, dinero o conexiones que justificaran las acusaciones y todas ellas con resultado negativo. Otra cuestión que no se puede pasar por alto es la referida al mensaje del Ministerio Público cuando habló de que el silencio de D. Albertino, en el trámite de prestar declaración, debía ser interpretado por la Sala en sentido negativo.
No salimos de nuestro asombro por semejante consideración del Fiscal, toda vez que un día antes se presentó un Certificado Médico del doctor que viene atendiendo en los últimos treinta años de diversas patologías a D. Albertino de Figueiredo y que padece un cuadro de deficit de……….intelectual referida a la memoria y ………...con un proceso degenerativo. Por favor ……….
El Ministerio Fiscal habla en otro apartado del delito de Insolvencia Punible y Falseamiento de Cuentas y hace unos saltos en el tiempo tratando que el artículo 260 del Código Penal, vigente en el año 2003, sea aplicado con la legislación modificada en el año 2015, cuestión ésta que es del todo punto inviable, aunque para el Sr. Fiscal y sus intereses sea mucho más rentable aplicar la segunda.
Bien para terminar, Sra. Presidenta. La cuestión capital de este proceso no es otra que la inocencia o culpabilidad de los acusados, de todos los acusados y debemos plantear algunas preguntas obvias: Ha quedado destruido el derecho de mi defendido y el de los demás acusados a ser tenidos por inocentes? Son culpables de los delitos que se les imputan? Ha habido en este Juicio actividad probatoria suficiente? Nadie debe ser condenado por sospechoso y quien afirma la culpabilidad, ha de demostrarla.
A lo largo de estos casi ocho meses de proceso, los Abogados de las Defensas hemos demostrado la inocencia de nuestros defendidos, aunque no estábamos obligados a ello, eran las acusaciones, pública y particulares, las que estaban obligadas a demostrar la culpa. A la pregunta de si las acusaciones antes mencionadas han conseguido probar la culpabilidad de mis defendidos, la respuesta es que NO. Tenemos la sensación de que desde el inicio de la causa, hace más de 10 años, el Ministerio Fiscal y las Acusaciones Particulares se han movido en el terreno de las especulaciones y probabilidades.
No, la verosimilitud nunca puede ser suficiente para condenar, es necesaria la evidencia en el significado que la Ley atribuye a ese vocablo, certeza clara y manifiesta de la que no se puede dudar.
Sra. Presidenta, Sres. Magistrados, cuando pronuncien las palabras de Visto para Sentencia, tendrán ustedes la responsabilidad de dirimir la inocencia o culpabilidad, pero este letrado solicita una Sentencia absolutoria para mis representados y en ello confío. Muchas gracias.
Seguidamente interviene el Letrado Sr. Martínez-Arrieta en defensa de D. Vicente Martín Peña y realiza de forma pormenorizada un repaso por toda la estructura, organización y actividad de Afinsa, sin olvidar las menciones sobre los testigos presentados por el Ministerio Fiscal con comportamientos y declaraciones bastante contaminadas y/o poco imparciales.
Desmonta uno por uno los argumentos del Ministerio Fiscal respecto de la estafa, ánimo de lucro, la contabilidad que afirma ser mercantil, sometida a los controles que Afinsa soportaba, Inspecciones, Informes de Organismos y en contra de los informes de Dª María Teresa Yabar. Destaca el importe de la Póliza del Seguro y termina afirmando que el Ministerio Fiscal no ha realizado afirmaciones probatorias ni objetivas ni subjetivas por lo que solicita la libre absolución de su defendido.
Finalizada esta intervención la Sra. Presidenta levanta la sesión y nos convoca para el día siguiente, 7 de junio, a las 9,30 horas. 

Muchas gracias y un abrazo.





Comentarios

  1. Aplausos para el Sr.J.G de Liaño, por un trabajo bien hecho, y para Eduardo Berbis, nuestro agradecimiento infinito... Abrazos

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  2. Si lo de Ausbanc fue extorsión, como llamaría a esto su majestad Pedraz: FACUA vs. DANONE
    http://extraconfidencial.com/noticias/facua-de-la-denuncia-continua-y-machacona-contra-danone-al-silencio-mas-absoluto-tras-la-firma-de-un-convenio-de-concertacion-que-duro-cuatro-anos-y-cuya-contraprestacion-se-desconoce-v/

    Lo que para unos es extorsión, para otros, si eres amiguete, puede ser contratos de publicidad o "convenios". Je, je je...
    Recuerdan la frase: "las cosas son lo que son y no lo que aparenten ser", lo que viene a ser, las cosas son como yo interpreto que son y no lo que diga la ley. Esto es lo que piensan los jueces "estrella".
    Y es así hasta que el caso llega hasta el TEDH, como ha ocurrido con el caso Jiménez Losantos vs Gallardón.

    SOLO HAY CORRUPCIÓN POLITICA SI SE LO PERMITE LA CORRUPCION DE LOS JUECES

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  3. Si después de esto, les condenan, es que no existe la justicia en España y, por tanto, no queda más remedio que ir a Europa.

    Esperemos que no haga falta y que todo se solucione en España.

    Tengamos Fe en que así sea.

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  4. Casos Afinsa y Forum: Carta firmada por el Presidente del Gobierno Mariano Rajoy 15.1.13
    Algunos de vosotros nos habéis pedido el texto de la carta firmada por Mariano Rajoy, en la que se comprometía con nuestra situación si llegaba a la Moncloa. Aquí tenéis dos versiones de la misma para facilitar su circulación: la primera, para que podáis copiarla directamente del blog, y la segunda para que descarguéis el documento original desde el servidor "slideshare", mediante la opción que ofrece para su descarga.



    El texto es impecable en cuanto al reconocimiento explícito que se hace del atropello que hemos sufrido medio millón de ciudadanos y dos empresas privadas. ¡Lástima que el documento haga bueno el famoso axioma que reza "el papel lo aguanta todo". De lo dicho, y firmado, hasta la fecha, nada de nada.


    Sr. Rajoy, Presidente, ¿por qué esta haciendo esto con nosotros? ¿Que intereses espurios, o de otro tipo, esconde la intervención de estas dos compañías, y con ello nuestra ruina sobrevenida, para que su Gobierno asista impávido a la enorme injusticia que se está cometiendo? ¿Qué o quién está trabando e impidiendo su ayuda, haciéndole quedar como un falaz embustero, ante el incumplimiento de sus compromisos? ¿Quién está saliendo beneficiado, dentro del propio Partido Popular, cuando no dentro del propio Gobierno de España, por nuestra situación? ¿Qué ha cambiado desde febrero de 2008 en sus lúcidas apreciaciones para este viraje a ninguna parte que usted ha dado, incumpliendo con ello, de manera sistemática todos y cada uno de los compromisos por usted suscritos en primera persona? ¿Qué o quién le retiene y le impide actuar para poner fin de una vez por todas a esta pesadilla, "caiga quién caiga"? ¿Quién o quienes le están presionando para continuar con este estado de cosas hasta que medio millón de españoles nos vayamos muriendo, de manera que se "eche tierra" en todo este asunto y caigamos en el más ignominioso y humillante de los olvidos? ¿Qué está impidiendo a la Fiscalía General del Estado, conocedora de nuestro problema, actuar de una vez por todas, impulsando la resolución de los procedimientos judiciales? (En la pasividad y lamentable -cuando no prevaricadora- actuación de la "justicia" encontramos la raíz de todos nuestros males)


    Estas cosas que ustedes están haciendo con -o mejor dicho, "contra"- nosotros pasan factura, señor Presidente. Estamos absolutamente hartos. ¿Lo comprende verdad?

    Carta de Mariano Rajoy a los afectados de Forum y Afinsa

    (16-02-2008)

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