Eduardo Berbis y Mila Hernan en El Gato al Agua


Como veréis no todo el mundo se acaba de enterar, de que una cosa es su opinión y otra muy distinta lo que dice la ley (dos leyes 35/2003 y 43/2007) y las sentencias de los altos tribunales (7 sentencias para ser exacto).
        Aquí no caben opiniones, ni dudas, ERAN NO FINANCIERAS, ERAN COMERCIALES.
       No estamos hablando de si me parece mejor un entrenador u otro, o si Ronaldo es el mejor del mundo  o lo es Messi, eso será opinable, pero el que son NO financieras, no admite opinión, es un axioma.
 
      Entendemos, que después de 10 años con el "raca raca" de "financieras", no puede cambiar en un instante todo el mundo. Pero en términos generales sí  se ve en esta tertulia que todo empieza a cambiar.
Elpidio dice:  "no ve del todo claro el delito", "muchos de los elementos de la línea de investigación se han desbaratado", "se tenía que haber preservado los intereses de los ahorradores",... son reflexiones que no se escuchaban antes.
          Es evidente que estas personas no han leído las sentencias, es evidente que desconocen la Circular 4/1991 del BdE, en la que se refleja que pese a que hubiesen sido financieras, al tratarse de operaciones con pacto de retrocesión opcional, no pueden contabilizarse como deudas (préstamos), ni se deben provisionar, y además la filatelia debe estar en el balance del comprador.
        Es evidente que no han leído la sentencia de 2011 del Tribunal Supremo sobre las provisiones de Afinsa, donde se reconoce esto, y por lo que la contabilidad estaba bien llevada y por tanto no había insolvencia, bueno, en síntesis es evidente que no saben nada sobre el tema, sino que opinan como el que opina sobre si Messi es mejor o peor que Ronaldo, demasiada frivolidad para un tema tan grave.


Pero pese a todo algo está empezando a cambiar, y eso se lo debemos en gran medida a Intereconomía y en este caso a Javier Algarra que estuvo sencillamente perfecto.


 Muchas Gracias J.Algarra y a Intereconomía.


Comentarios

  1. Efectivamente... yo veo que la opinión empieza a cambiar ¡¡¡ YA ES HORA !!! Ya no dijeron lo de avariciosos, ni duros a cuatro pesetas, etc... etc

    PDM

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  2. Son opiniones sin conocimiento de personas con prestigio profesional y eso solivianta los animos. pero en cualquier caso, si la actividad era financiera, que es la madre del cordero de este asunto, y no figuraba como tal, es porque previamente la legislación española obligo a que se considerara como mercantil de modo especifico y particular a estas empresas, que en un principio actuaban con denominacion de financiera, y se les prohibio,es decir, se cumplia con la ley tal y como estaba establecida, si hubo error o no en la denominacion y en consecuencia en el desarrollo de la actividad , la responsabilidad seria de los expertos y de las leyes que obligaban a actuar de ese modo y que prohibian que se consideraran esas actividades como financieras, lo fuesen o no. Osea que la mala actuacion de la administracion no deberia perjudicar a la empresa. En cualquier caso financieras o mercantiles, se actuaba conforme a lo que se exigia, el error que lo paguen ellos. no desfallezcais, y estos dias rezad para que el juicio salga bien que es una buena arma secreta..

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