Diferencia entre un JUEZ y un " togao". El Togao, pieza clave en la destrucción de la democracia española.

     De momento no existe la definición de Togao, perdón, la definición si existe, pero no la palabra que le va  a esa definición. La RAE lo que hace es ponerle definición a palabras que se usan mucho, pero este caso es al revés, se usa mucho el concepto pero no tenía "palabra" que se ajustara, alguien lo tenía que hacer, sea mi aportación personal, pues el concepto lo tenéis claro todos los que seguís este Blog y los Casos Afinsa y Fórum..   


   Un juez es un señor que tras aprobar unas durísimas oposiciones, imparte justicia dictando sentencias argumentadas y fundamentadas en la LEY, que emana del pueblo, y la JURISPRUDENCIA (Sentencias de altos tribunales que a su vez se han fundamentado en la LEY). Es funcionario, por lo que cobra su sueldo, que le pagamos todos, por hacer su trabajo, y vive de ese sueldo.


    Un togao , es otra cosa, es un señor que tras "pasar"  ( y no digo aprobar) esas oposiciones, con cierta "ayuda", bien afiliándose a un partido determinado o a algún sindicato concreto,  cuando se pone la toga, instruye casos o dicta sentencias a las que su condición de juez le da credibilidad y apariencia de justas, pero que no lo son, pues no están fundamentadas en la ley ni en la jurisprudencia, las más de las veces lo están en interpretaciones subjetivas. En ocasiones dicta sentencias, o comienza instrucciones, con la sola  intención de crear titulares en la prensa, con el fin último de beneficiar con ellos a las personas o agrupaciones que le ayudaron a conseguir esa Toga, de  esta manera las dos partes se ven beneficiadas por la operación, que se convierte en la punta de lanza de una relación que posteriormente continua generando un efecto bola de nieve. Ocurre después, que a esta sentencia "injusta", le sucede un "premio" para el juez, y este premio de la contra parte, a su vez genera, al instante, una necesidad de compensación como agradecimiento en futuros casos por parte del juez, se genera un "quid pro quo" sin fin, (tu me das yo te doy). Y ¿por qué sin fin? porque ocurre también, que el día  que el "togao" quiera salirse del juego, corre el riesgo seguro, de ser trasladado de ciudad, condenado por prevaricación, descendido en el escalafón, desprestigiado públicamente...

        El togao se enfrenta a una terrible disyuntiva:
A.- HACER JUSTICIA: y vivir de su nómina,  despreciando así a la mano que le propició la toga o el rápido ascenso. Esta opción le llevaría al mas profundo de los ostracismos, relegado de por vida a un juzgado en el pueblo más alejado, perder las prebendas, favores, cacerías, monterías, "ciclos de conferencias" y simposios en islas de ensueño alojados en hoteles de 7 estrellas....


B.- "HACER LO CONTRARIO": sentenciar ad hoc, aceptar esas prebendas, con lo que será premiado, ascendido, reconocido y disfrutará de la vida de lujos que sus beneficiados le proporcionen.


    Difícil disyuntiva: "ser justo" le lleva a ser  vilipendiado, "sentenciar a conveniencia"  a ser premiado y reconocido,
Y usted ¿Qué haría?


            Por tanto, el Togao se convierte así en el eslabón necesario para la corrupción, para la inseguridad jurídica que conlleva pobreza,  para el descrédito de las instituciones, para el florecimiento de los políticos corruptos, de los funcionarios corruptos, en definitiva es la pieza clave de la destrucción de la DEMOCRACIA.






Nota: Esta aclaración era una necesidad personal, por el gran respeto que le tengo a los Jueces. Soy consciente de que si bien los Togaos destruyen la democracia, eso lo que implica es duplicar el esfuerzo que tienen que hacer los JUECES por mantenerla. Si, de por sí, tenemos pocos jueces y hay el 30% de  togaos  ocupando plazas de jueces, que no solo no solucionan casos , sino que generan más, esto dispara  el trabajo de los Jueces, que pueden terminar tirando la toalla y aumentar el 30%, pues la disyuntiva es difícil  (o fácil).



Comentarios

  1. Me descubro, Rafael. La figura del "togao" es, para que nos entendamos,el equivalente a los rábulas, en el colectivo de "abogaos".

    bss hermoso
    Mila.

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  2. Gracias Mila, efectivamente, pero parece que hacia los Jueces hay un respeto que en estos momentos es inmerecido, es más, creo que debemos procurar que el peso de la justicia caiga sobre los que se lo merecen, y desde luego nuestro desprecio. El daño que estos Togaos están haciendo a nuestro país ( y que las Victimas de F-A, lo están pagando en sus carnes) es inmenso. Nuestro agradecimiento al gabinete jurídico de ASAFFO, por lo que están haciendo a este respecto.
    Lo que trato es que a partir de ahora, llamar a las cosas por su nombre, de manera que no desprestigiemos a un grupo de personas que tienen un gran talento y se han esforzado mucho por ser JUECES y hacen bien su trabajo (por el que le pagamos todos) con seriedad, humildad y profesionalidad.
    Hay personas que "trabajan de jueces" pero realmente, son intrusos que evacuan sentencias al peso, a tanto el folio o a tanto el Fundamento de Derecho de pega, son los Togaos, que tan habituados estamos a ver en nuestros los Casos Afinsa y Fórum.

    Un abrazo
    Rafa

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  3. Exactamente eso es lo que tenemos en españa (con minúsculas).

    Como muy bien dices, ¿esto es difícil o fácil de solucionar????

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  4. No se podía describir mejor.No son todos pero están donde más daño pueden hacer , de hecho pueden y lo hacen.Yo también respeto a los jueces decentes , pero me gustaría que levantase la voz de una vez por todas .

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  5. Fenomenal aclaración, y muy instructiva...bien! Apoyo la inclusión del término en el diccionario de la R.A.L.que viene a cuento del viejo dicho: "aunque la mona se vista de seda, mona es y mona se queda"...o ese otro de que "el hábito no hace al monje"...

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  6. Muy bien Rafael y yo ha esto le pondría nombres propios como por ejem. el juez Vaquer un personaje que estaba en un pequeño juzgado en Majadaonda y que lo escogieron para sustituir a dos jueces anteriores que fueron trasladados en un breve espacio de tiempo del mercantil y como hemos podido comprobar en todas sus actuaciones si pero no para mas adelante desdecirse de lo primero y también de lo segundo y siempre nadando a muchas aguas e incluso dejándose pisar por sus colegas los administradores concursales que no dudaron en escribir que los del Supremo no se enteraban de nada del caso y tragaderas que ahí se queda y no contesta.
    Como también de todos aquellos que estaban puestos por los socialistas en la Audiencia Nacional el amigo Baltasar Garzon que estuvo jugando a qurer llegar a político y como no le dieron lo que pretendia se volvio a juez con mucho rencor y que dejó muestras con los jueces estrella como Pedraz y Marlaska y que diremos de los fiscales Luzon i Pavia que han demostrado una incondicional defensa por la causa contra Afinsa y Forum provocada por Rubalcaba socialista claro está y contradiciendo las sentencias del Supremo.
    Ahí dejo mi comentario de todos estos corruptos que esperemos paguen algún día con lo mismo o mas de lo que pretenden contra gente inocente y que ellos lo saben.
    No solo quieren saber mas que nadie si no que juegan a adivinos en que este negocio no tenía futuro, y ellos que sabrán si no saben lo que es un sello.

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  7. Anónimo11 de octubre de 2015, 2:06

    Continúa enredándose en sus “diatribas” el Juez Senent y así lo que pretende en último término, conseguir, es conferirle una certeza total a un evento, que, por muy elevada que la probabilidad de realizarse, pudiera ser, no deja de ser un suceso contingente. Por lo mismo y como quiera, no puede dejar de admitir la necesidad de distinguir, entre dos conceptos diferentes:

    “Ese conocimiento que los administradores debían tener, se encuentra más próximo al concepto de insolvencia inminente que al de insolvencia actual” …

    La Ley Concursal concibe una clara diferencia entre ambos significados, hasta el punto de que su aplicación recae (como no podía ser de otra manera) sobre lo único que es un hecho consumado y evidente. El Juez Senent lo termina reconociendo, finalmente, cuando afirma lo siguiente:

    … “cabe colegir que como consecuencia de tal situación de insolvencia inminente, no surge la obligación que impone la Ley Concursal, de disolver la sociedad, ya que esta Ley se refiere a la insolvencia actual y no a la insolvencia inminente … de lo que la deudora estaba facultada para solicitar el Concurso pero no obligada”.

    A pesar de este cambio de parecer tan radical, la incoherencia más garrafal en la que llega a incurrir este Juez y de la que ningún otro puede ser capaz (esperemos), está cuando explica lo siguiente:

    “Ahora bien, es la intervención judicial de la sociedad la que altera la situación y la que comporta que la deudora pase de estar en situación de insolvencia inminente a insolvencia actual, pues ya no es capaz de cumplir sus obligaciones exigibles debido de un lado a la paralización de su actividad comercial y la captación de nuevos clientes, de otro a la intervención de sus activos”.

    Con esta manifestación lo que viene a decir, simple y llanamente, es que a pesar de lo que él califica como situación de “insolvencia inminente”, era un hecho que la empresa tenía capacidad para cumplir sus obligaciones, soportada con activos reales, existentes (no como se dijo que no había ningún valor ni nada) y que realizaba una actividad comercial consistente que la facultaba para ampliar su cuota de mercado con nuevos clientes (como hace cualquier otra empresa floreciente).

    Como colofón y para “rizar el rizo”, en el colmo de todas las contradicciones, exculpa a los que tendrán que ser procesados penalmente, al menos de la acusación más importante del Ministerio Fiscal y que soporta la posible existencia de un grave delito penal, por el cargo de “insolvencia punible”:

    … “por ello cabe concluir que no concurre la causa de culpabilidad invocada por el Ministerio Fiscal y consignada en la presunción que establece la Ley Concursal”.

    Sencillamente, no existía ninguna insolvencia y por tanto, los directivos de las empresas no parece que puedan ser condenados penalmente y si no son declarados culpables de este delito, tampoco lo serán por los demás cargos que se derivan o se sustentan directamente sobre este.

    La terrible consecuencia que podría extraerse de todo esto, es que aun sabiendo que no van a tener pruebas para presentar a unos culpables, posiblemente, pueden ser lo bastante “listos” como para justificar el cierre de las empresas y escapar impunes los verdaderos culpables, a pesar de ello.

    Otra observación que se une a este último planteamiento, termina por llevar a la deducción de que consiguiendo la suficiente legitimación ante la opinión pública, de la brutal intervención, el primordial objetivo de eludir la responsabilidad patrimonial del Estado, a toda costa, lo van a obtener como sea, necesariamente.

    Así, pues, va a ser que si esta Sentencia de Senent, nos puede estar indicando con premonición, una finalidad muy concreta, ya podemos intuir en qué línea o dirección, van a discurrir los “tiros” en el próximo Juicio de lo Penal, sobre Afinsa.

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    Respuestas
    1. Este comentario, lo ha hecho un anónimo para otra entrada mas antigua, pero creo que es muy interesante que se lea por el máximo numero de Victimas posible.

      Leer la sentencia del togao , haceros un favor a vosotros mismos.

      Gracias anónimo por compartir con nosotros tu análisis tan atinado.


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  8. Buena reflexión tiene más verdad que un santo estos tienen muchas válvulas de escape y siempre se van por las ramas

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  9. He leido varias veces lo que diferencia un juez con un togao y he llegado a la conclusion que la justicia aqui en España no llegará nunca a darnos la razon , estamos en un pais maldito en que la justicia está politizada ,que podemos esperar? Creo que nada, nada, nada, a cobrar como máximo el 25 % y aqui acabará todo.

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  10. Los políticos no tendrían que haber involucrado a los jueces en este tema, que es puramente político-financiero, porque los jueces no saben qué hacer con un tema como el nuestro y otros muchos....

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  11. Los políticos mandan los "marrones" que no saben resolver, a que se los resuelvan los "togaos". Y así, decir a la opinión pública que ha sido cosa de los jueces.

    Estamos "apañaos"....

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  12. J.R-Perfecta la definición que haces sobre Jueces y Togaos ,Rafa esta palabra la tienen que incluir en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua pero ya ( vamos que ya llevan 4 días de retraso en incluirla,bravo eres un campeón).Un abrazo de tu amigo y compañero de fatigas Javier.

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  13. J.R.-Sobre el anónimo de las 13,07, bajo mi punto de vista hila muy fino se nota que se ha leído la sentencia varias veces o quizá sea un jurista de prestigio (de todos modos si no lo es podría realizar dicha carrera con poco esfuerzo creo que tiene una gran preparación y mucha sabiduría,ya la quisieran para sí muchos de los togaos ¡eh`¡ Rafa) nos interesa que se vayan incorporando personas en estos comentarios de cara al spring final con unas cualidades jurídicas que sepan razonar,argumentar y explicarlo con esa sutileza también como lo hace este compañero)´
    La explicación que realiza sobre" la insolvencia inminente a insolvencia actual" es lo que implica la paralización total de la actividad de la empresa y es la intervención Judicial la que altera dicha situación y aunque su Señoría reconoce que la situación inminente era un hecho también reconoce que la empresa tenía capacidad para hacer frente y cumplir con sus obligaciones,soportada con otros activos reales con lo cual no existía ninguna insolvencia por lo tanto ya me van a decir como y con qué argumentos van a condenar a los directivos de Fórum ?.
    De esta manera desvían el foco mediático mostrando a unos culpables de cara a la galería sin tener pruebas para hacerlo y así es una justificación que tienen como para haber decidido en su día cerrar dichas empresas de Fórum-Afinsa y de paso exonera y no busca a los verdaderos culpables,en CONCLUSIÓN:Cada día estos "Togaos" vienen más listos (cada vez sacan la oposición más jóvenes,claro que con decir luego que son una "eminencia" pues ha sido el número uno( the number one) de la oposición pues ya está.
    El Estado tarde o temprano tendrá que hacer frente al pago de este EXPOLIO,no les quepa la menor duda,pero ellos marcan los tiempos y alargan el proceso lo que quieran con tal de que prescriban los delitos caso de que se llegue a saber la verdad pues en este juego vale todo.Un saludo Javier.

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  14. El Villa: En nuestro tema, nunca creí en la justicia desde el minuto uno.... y hasta ahora no me he equivocado, y es que esta forma de proceder no es justicia, sino más bien una INJUSTICIA..............

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