El SISTEMA: “Permitidme que fije en vuestras mentes la primera versión de los hechos y habré vencido"


Hace unos días nos llegaba el siguiente anónimo, con una reflexión que creemos muy acertada y hace que se entienda el porqué, de que pese a tener la ley de nuestro lado, la sentencia de la Audiencia Nacional, nos es contraria.
 SU CONCLUSIÓN ES TERRIBLE: "El SISTEMA  se ha introducido en todas las instituciones y los corpúsculos del SISTEMA  no van  a ir en contra de los intereses del SISTEMA"
 
 

El "SISTEMA" funciona como un rodillo, como una máquina perfectamente engrasada.
Como un pulpo donde cada pata del pulpo espera su turno para golpear de forma precisa:
0.- El gobierno Socialista da la orden de intervención
1.- Teresa Yabar familia de Moratinos, ministro del PSOE, denuncia.
2.- El Fiscal a las ordenes del Gobierno del PSOE, presenta querella.
3.- Los jueces de la Audiencia vinculados a sindicatos de jueces "progresistas" o sea de PSOE, dan orden de intervenir .
4.- Las asociaciones de consumidores , UCE, Adicae, OCU, FACUA... TODAS vinculadas al PSOE y financiadas ilegalmente por Paca Sauquillo del PSOE y previamente elegida presidenta del CCU, se erigen en portavoces de los afectados y hablan de Estafa, sin que lo hayan dicho los jueces, generando la sentencia mediática, que se impone y es aceptada, pues no se puede recurrir.
5.- Los medios de comunicación afines al PSOE, le ponen el micrófono a estas asociaciones y se lo niegan a las otras que defienden a las víctimas.
 
         Aquí introducimos desde ANVIFA una sutil aportación, que le da a los puntos 4 y 5 la   importancia que se merecen, pues es la clave. Un experto en psicología de masas dijo:
 
        “Permitidme que fije en vuestras mentes la primera versión de los hechos y habré vencido"

6.- Los presidentes de CNMV y BdE del PSOE
7.- Los Administradores Judiciales elegidos por el PSOE junto con los jueces imponen unas medidas cautelares que llevan a las empresas a la quiebra.
8.-Los AACC impuestos por el PSOE reestructuran la contabilidad como si fuera financiera y sus operaciones NO opcionales.
9.-A los jueces de la Audiencia Provincial pese a considerar que eran no financieras, esta contabilidad les parece bien, y la admiten.
10.-Los jueces de lo mercantil, cuyos nombres aparecen en "posibles casos de corrupción, (investigados por la UDEF, unidad creada por el PSOE  "vía viajes, hoteles ... encubiertos como conferencias, o sea, que los tienen cogidos por los co..., afirman en sus sentencias que pese a no haber insolvencia "la insolvencia es culpable".
11.- Los jueces de lo Penal de la Audiencia Nacional, del sindicato "Progresista", o sea del PSOE, Jueces para la democracia, hacen suya esa tesis, para sentencian que son culpables, lo que dice la ley no importa.
       Sí, el SISTEMA funciona perfectamente, todos los corpúsculos que lo forman bajo el lema: "caminando separados pero golpeando juntos", arrasan todo como una apisonadora perfecta.

     Ahora necesitaba una sentencia que les permita salvar la reputación del PSOE, que es vital para salvar las subvenciones para todos los Corpúsculos del SISTEMA.

      NO ES UNA CUESTION DE DINERO, SINO, mucho más grave aún, DE SUPERVIVENCIA DEL "SISTEMA" (Del PSOE y los corpúsculos afines).

Comentarios

  1. Como aquí se dijo el SISTEMA financia a los ANTI-SISTEMA, de manera que estén controlados y no ataquen al PSOE, si atacaron a UPyD, que, pese a ser de izquierda, era competencia, y si atacan al PP y C´s.

    "El cineasta Cuerda se declara anti-sistema pero pide al sistema más dinero para sus películas fracasadas"

    http://totalviral.es/el-cineasta-cuerda-se-declara-anti-sistema-pero-pide-al-sistema-mas-dinero-para-sus-peliculas-fracasadas

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. igual que los Okupas

      Eliminar
    2. EN MI MENTE TENGO FIJADO TODO LO CONTRARIO.
      ¡¡¡¡¡ERES UN CAMPEON¡¡¡¡¡¡

      Eliminar
  2. Yo también tengo fijado todo lo contrario de lo que nos quisieron meter.

    Por lo tanto, lo van a te difícil, con unos cuantos.

    Gracias de corazón, por vuestra lucha, que es la de todos.

    ResponderEliminar
  3. Como el refrán se puede decir mas alto pero no mas claro. Creo que estos dos resúmenes dan con la brevedad posible una muy clara situación que se viene repitiendo desde el año 84 en que se expropio a Rumasa y mas tarde a Banesto. ¿A que empresa le tocará ahora? si vuelven a gobernar los SOCIALISTAS.
    Como hemos dicho siempre Botín del banco de Santander era el cerebro de toda esta trama y el primer beneficiado y a continuación el PSOE. Vaya que si lo montaron bien, primero con la excusa del terrorismo la AUDIENCIA NACIONAL con el juez estrella GARZON sustituido en este momento por PEDRAZ otra estrella y que se ha llevado por delante a AUSBANC única asociación que defendía los derechos de los ciudadanos prueba de ello la clausula suelo que les va a costare a los bancos muchísimo dinero, y mas adelante montaron UDEF todo ello para defender al PSOE y a BOTIN del banco Santander.
    Aquí esta toda la trama que golpea hunde empresas destruye puestos de trabajo y lógicamente hace que no haya empresarios que inviertan en este país.
    VIVA LA ESPAÑA PROFUNDA. MESETERA

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. OYE ANONIMO, LA ESPAÑA PROFUNDA Y MESETERA, COMO TU DICES ES TAN DIGNA Y TAN ESPAÑA COMO LA TUYA DE PAJARITA.

      Eliminar
  4. Hoy sale una noticia en El Pais, mas de 26000 millones de euros se quedan sin cobrar de los bancos por la crisis inmobiliaria resulta que son mas de 38000 millones si lees mas y ya la repera culpan al gobierno actual que fue el que dijo que no lo pagarían los ciudadanos, pasan de puntillas por quien nos condujo a esta situación. Viva la desinformación.
    Saludos, Ginés.

    ResponderEliminar
  5. ¿Y que pinta el pp en todo esto, lo consiente, o tiene mucho que callar?

    ResponderEliminar
  6. J.R.-Hola muchachos,buenas tardes que ya ha comenzado el curso,menos siesta y al tajo,bueno compañeros,os envío una noticia a nivel Europeo que entiendo que:¿Puede ser interesante para nuestro tema que nos ocupa y preocupa?.

    ResponderEliminar

  7. Economía
    ABRE LAS PUERTAS A MUCHAS RECLAMACIONES
    Ampliar
    El Estado pagará si los jueces no aplican las directivas comunitarias
    • Una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Luxemburgo señala la responsabilidad civil subsidiaria del Estado ante la inaplicación del Derecho de la Unión por parte de los órganos jurisdiccionales siempre que sean última instancia
    BY REDACCIÓN
    MÁS ARTÍCULOS DE ESTE AUTOR
    Jueves 15 de septiembre de 2016, 09:11
    Los estados miembros son responsables de que el Derecho de la Unión sea efectivo en sus países. Así lo señalaba ya en 1991 la famosa sentencia Francovich. Por consiguiente, los consumidores europeos afectados por la violación del Derecho de a Unión, tendrán derecho de reparación. “Se mermaría la eficacia y se debilitaría la protección si no pudieran obtener reparación”, señala Luxemburgo. La novedad de una reciente sentencia del pasado 28 de julio de 2016 es que el Estado también será responsable de la inaplicación del Derecho de la Unión por parte de los órganos jurisdiccionales siempre que sea la última instancia. “Los jueces están obligados a aplicar la ley; y el derecho comunitario es ley; si no lo aplican, el Estado debe hacerse responsable de su negligencia”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho bancario, financiero y comunitario.

    En opinión de Navas, esta sentencia “abre las puertas a muchas reclamaciones”, ya que “no siempre los jueces y tribunales españoles aplican el derecho europeo”. La sentencia también aclara que el juez nacional está obligado a examinar de oficio la abusividad de los contratos tal y como señaló la sentencia Pannon GSM (C-243/08) de 4 de junio de 2009. “Desde esa fecha, los jueces nacionales deben de examinar de oficio las posibles cláusulas abusivas siempre que disponga de los elementos de hecho y de derecho necesarios”, explica Navas.

    En cuanto a la evaluación del daño producido sobre el consumidor, la reciente resolución de Luxemburgo remite al derecho nacional, eso sí, aplicando los principios de “equivalencia y efectividad”. “Es decir, que el derecho europeo se haga efectivo y se recupere el equilibrio entre el consumidor y el prestador de servicio o proveedor”, explica el socio-director de navascusi.com.

    De esta manera, Luxemburgo pone fin a un ‘culebrón’ vivido por una jubilada eslovaca con una pensión de 347€. La señora había pedido un préstamo de 232€ en un contrato en el que no indicaba el TAE y cuyo interés de demora ascendía a 91,25€. Como no pudo pagar el préstamo, solicitó un nuevo crédito de 232€ que tampoco pudo pagar.

    El tribunal arbitral –situado a 400 Km de su domicilio- resolvió la ejecución y el 13 y 27 de octubre de 2008 presentó demanda de ejecución ante el tribunal de distrito; demandas estimadas el 15 y 16 de diciembre de 2008. Pero la señora demandó al ministerio de Justicia por el perjuicio que le había provocado la no aplicación de la directiva 93/13/CEE que señala como abusiva una cláusula que cause “un desequilibrio importante” entre el consumidor y el empresario.
    Continua.../

    ResponderEliminar
  8. J.R.-(Sigue)..../

    El tribunal de distrito desestimó la demanda de la jubilada eslovaca el 22 de octubre de 2010. Pero la señora recurrió al tribunal regional que el 22 de octubre de 2012 anuló la sentencia del tribunal de distrito a quien devolvió los autos. Y es aquí cuando el tribunal de distrito decidió elevar una prejudicial a Luxemburgo.

    “La sentencia de Luxemburgo hace justicia en el caso concreto; un 91,25% de tasa de demora es claramente abusivo. Pero también abre una interesante puerta: los jueces están obligados a aplicar el Derecho de la Unión y en caso de que no lo hagan será el Estado quien deberá de resarcir; una importantísima sentencia”, concluye Navas.

    • Para más información: www.navascusi.com

    • Adjuntamos la sentencia de Luxemburgo (copiar URL en el navegador): http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=182293&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=340734

    NOTA.-Rafa,Eduardo,Pablo,Peña,etc..../¿Puede ser interesante a futuro?
    Saludos.Javier.

    ResponderEliminar
  9. 1. Anónimo16 de septiembre de 2016, 17:05
    J.R.
    -Hola buenas tardes Rafa,Eduardo,Pablo,(por cierto te espero el día 25 en mi pueblo,¡¡eh¡¡ Pablo) pienso que después de las vueltas de las vacaciones ,supongo que hemos cargado las pilas ,baterías ,linternas y demás artilugios ,etc ,etc ,etc ,bueno pues mira por donde ,os adjunto una noticia:

    Fuente Mundo Financiero: que pudiera ser muy interesante para nuestro tema que nos ocupa y preocupa, ¿Que os parece?.Comentar esta noticia.

    Economía:
    ABRE LAS PUERTAS A MUCHAS RECLAMACIONES
    El Estado pagará si los jueces no aplican las directivas comunitarias Ampliar:

    El Estado pagará si los jueces no aplican las directivas comunitarias
    .- Una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Luxemburgo señala la responsabilidad civil subsidiaria del Estado ante la inaplicación del Derecho de la Unión por parte de los órganos jurisdiccionales siempre que sean última instancia.

    Los estados miembros son responsables de que el Derecho de la Unión sea efectivo en sus países. Así lo señalaba ya en 1991 la famosa sentencia Francovich. Por consiguiente, los consumidores europeos afectados por la violación del Derecho de a Unión, tendrán derecho de reparación. “Se mermaría la eficacia y se debilitaría la protección si no pudieran obtener reparación”, señala Luxemburgo. La novedad de una reciente sentencia del pasado 28 de julio de 2016 es que el Estado también será responsable de la inaplicación del Derecho de la Unión por parte de los órganos jurisdiccionales siempre que sea la última instancia. “Los jueces están obligados a aplicar la ley; y el derecho comunitario es ley; si no lo aplican, el Estado debe hacerse responsable de su negligencia”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho bancario, financiero y comunitario.

    En opinión de Navas, esta sentencia “abre las puertas a muchas reclamaciones”, ya que “no siempre los jueces y tribunales españoles aplican el derecho europeo”. La sentencia también aclara que el juez nacional está obligado a examinar de oficio la abusividad de los contratos tal y como señaló la sentencia Pannon GSM (C-243/08) de 4 de junio de 2009. “Desde esa fecha, los jueces nacionales deben de examinar de oficio las posibles cláusulas abusivas siempre que disponga de los elementos de hecho y de derecho necesarios”, explica Navas.

    En cuanto a la evaluación del daño producido sobre el consumidor, la reciente resolución de Luxemburgo remite al derecho nacional, eso sí, aplicando los principios de “equivalencia y efectividad”. “Es decir, que el derecho europeo se haga efectivo y se recupere el equilibrio entre el consumidor y el prestador de servicio o proveedor”, explica el socio-director de navascusi.com.

    De esta manera, Luxemburgo pone fin a un ‘culebrón’ vivido por una jubilada eslovaca con una pensión de 347€. La señora había pedido un préstamo de 232€ en un contrato en el que no indicaba el TAE y cuyo interés de demora ascendía a 91,25€. Como no pudo pagar el préstamo, solicitó un nuevo crédito de 232€ que tampoco pudo pagar.

    El tribunal arbitral –situado a 400 Km de su domicilio- resolvió la ejecución y el 13 y 27 de octubre de 2008 presentó demanda de ejecución ante el tribunal de distrito; demandas estimadas el 15 y 16 de diciembre de 2008. Pero la señora demandó al ministerio de Justicia por el perjuicio que le había provocado la no aplicación de la directiva 93/13/CEE que señala como abusiva una cláusula que cause “un desequilibrio importante” entre el consumidor y el empresario.

    El tribunal de distrito desestimó la demanda de la jubilada eslovaca el 22 de octubre de 2010. Pero la señora recurrió al tribunal regional que el 22 de octubre de 2012 anuló la sentencia del tribunal de distrito a quien devolvió los autos. Y es aquí cuando el tribunal de distrito decidió elevar una prejudicial a Luxemburgo.
    Continua.../


    ResponderEliminar
  10. J.R.-(Sigue).../

    “La sentencia de Luxemburgo hace justicia en el caso concreto; un 91,25% de tasa de demora es claramente abusivo. Pero también abre una interesante puerta: los jueces están obligados a aplicar el Derecho de la Unión y en caso de que no lo hagan será el Estado quien deberá de resarcir; una importantísima sentencia”, concluye Navas.

    .- Para más información: www.navascusi.com

    - Adjuntamos la sentencia de Luxemburgo (copiar URL en el navegador):

    http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=182293&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=340734.

    Espero y deseo que se pueda aplicar a todos los casos.../ Ej :¿AFINSA-FÓRUM-FILATÉLICO?.(Así que muchachos os pongo deberes para este fin de semana y también para los endemás ,Señores que ya no hace tanto calor ,menos siesta y al tajo ,de acuerdo pero para todos..saludos a tod@s afectados de nuestro respectivos colectivos ,SÍ Ó SÍ.
    Un cordial saludo...Javier.
    Responder

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Se CIERRA el Concurso de AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A., el más largo de la historia de Europa (18 años)

Próxima devolución de parte de nuestro dinero a los clientes de AFINSA

QUEDA POCO PARA EL CIERRE DEL PROCESO CONCURSAL DE AFINSA - LAS VICTIMAS DE LA INTERVENCIÓN DE ESTA COMPAÑIA PODRAN DEDUCIRSE LAS PERDIDAS