CRONICAS DEL JUICIO CONTRA LOS INTERESES DE 199.000 AHORRADORES día 13 /05/2016



Por Eduardo Berbis presidente de la Agrupación Nacional de las asociaciones de Víctimas de la Intervención de Fórum y Afinsa (ANVIFA).


Buenas noches y vamos a por la última sesión de este ciclo, porque a partir del 31 de mayo seguiremos con el proceso hasta terminar con los trámites que marca el protocolo jurídico. 


 La primera fase ha sido para proceder a la identificación, señalización e incorporación al procedimiento de los DVD's que han sido solicitados por las defensas. El primer DVD no consigue ser identificado con las declaraciones de D. Ramón Egurbide y se le solicita a la representación jurídica que aporte la copia que tiene el primer día que se vuelva a celebrar sesión.


Seguidamente el Sr. Gómez de Liaño, propone al Tribunal que, como la duración de las declaraciones de Greg Maning duran 8 horas y eso es un trabajo muy arduo, señalar los minutos concretos en los que se contienen aspectos relevantes y así ahorrar un tiempo considerable a la Sala y al Tribunal. La Sra. Presidenta acepta la propuesta y se procede a la identificación de los DVD's y de sus comparecientes, el mencionado Greg, Scott y Carol. Todos quedan señalados e incorporados.


 Dª Gema Martínez solicita, en representación del letrado D.Fernando Adame, que se incorporen las declaraciones realizadas ante la SEC de Greg Maning, para tener en cuenta su contenido, si bien el letrado ausente informará al Tribunal de los folios concretos en los que se contienen las partes más relevantes de dichas declaraciones de los tres comparecientes mencionados y ello en defensa de D. Carlos de Figueiredo.




 Seguidamente se procede, en la segunda fase, a las conclusiones


Seguidamente se procede, en la segunda fase, a las conclusiones y el primero en intervenir, el Sr. Fiscal, manifiesta lo siguiente: el Fiscal al amparo del artículo 732 modifica las condiciones de su escrito de acusación en los términos que se exponen en el escrito que en este acto presenta a la Sala, simplemente para ilustrar al resto de las partes, significar que no hay ninguna modificación sustancial fuera de la nueva redacción que se da en el apartado 12 de la conclusión primera en relación con las consecuencias jurídico-tributarias, básicamente para actualizar las cuotas del Impuesto de Sociedades a la liquidación definitiva de la Agencia Tributaria del crédito que tenía Afinsa contra la Agencia Tributaria.


 Suprimir la......IVA por los mismos motivos y en la conclusión segunda, en el número dos, precisar la atipicidad de la insolvencia punible conforme al artículo 159 bis - 1ª, del código penal en la redacción que le da la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de mayo. No hay ninguna otra modificación en cuanto a calificación jurídica ni en cuanto a penas, ni responsabilidades.


 Por parte de la Abogacía del Estado eleva a definitivas las conclusiones y se procede a ir nombrando uno a uno a todos los letrados o procuradores que estaban en la causa, si bien algunos han renunciado a sus acusaciones particulares y otros se encuentran ausentes. Todos los presentes, por si o representados por otros compañeros, elevan a definitivas sus conclusiones y algunos, además, se adhieren a las modificaciones realizadas por el Fiscal, pero queremos destacar las modificaciones realizadas por D. Joaquín Reyes Núñez que se ha despachado de la siguiente guisa:


 Modificamos en el sentido de adherirnos a la modificación que ha hecho el Ministerio Fiscal, suprimir el otrosí que figura en el escrito de conclusiones provisionales por estar .......al artículo 159 e introducir en cuanto a costas el siguiente párrafo: "Procede condenar en costas a los acusados, responsables civiles y partícipes, incluyendo las devengadas por esta acusación particular". 


Y tenemos la sensación de que se ha quedado más ancho que largo. La Sra. presidenta le ha rogado que presente por escrito las modificaciones sugeridas y ha continuado con la fase de conclusiones. Finalizada la parte que corresponde a los letrados de las acusaciones particulares, se ha dado turno a los letrados de la defensa que, sin perjuicio de las modificaciones o escritos que han solicitado incluir y valoraciones que incorporarán por escrito, elevan todos a definitivas.


 Y no teniendo más asuntos que tratar en el día de hoy, la Sra. presidenta levanta la sesión, no sin antes repasar el calendario y los compromisos en cuanto a intervenciones de todos, según el siguiente reparto:


 - Días 31 de mayo, 1 de junio y posible parte del día 2 de junio, intervenciones del Ministerio Fiscal y de la Abogacía del Estado en cuanto a los Informes y Conclusiones Definitivos. 


 - Días 2 de junio, en la parte que reste y 3 de junio, turno para las acusaciones particulares en el mismo cometido.


 - Días 6, 7 y 8 de junio intervenciones de las defensas en ese apartado, con el compromiso de terminar y no tener que ampliarlo al día 10 de junio, teniendo que dejar el día 9 vacío por no tener sala.


 


Muchas gracias y un abrazo.

Comentarios

  1. Todos los meses tenemos la misma historia asta cuando?

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